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Relación de Sellos Electrónicos - Ayuntamiento de Betelu

La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en su artículo 40, y en relación a los sistemas de identificación de las Administraciones Públicas establece que:

  • Las Administraciones Públicas podrán identificarse mediante el uso de un sello electrónico basado en un certificado electrónico reconocido o cualificado que reúna los requisitos exigidos por la legislación de firma electrónica. Estos certificados electrónicos incluirán el número de identificación fiscal y la denominación correspondiente, así como, en su caso, la identidad de la persona titular en el caso de los sellos electrónicos de órganos administrativos.
  • La relación de sellos electrónicos utilizados por cada Administración Pública, incluyendo las características de los certificados electrónicos y los prestadores que los expiden, deberá ser pública y accesible por medios electrónicos.

El Ministerio de Hacienda y Función Pública ofrece la plataforma VALIDe, a través de la cual podrá verificar la validez de los certificados utilizados en esta Entidad.

Certificado de sede

La sede electrónica de esta Entidad está dotada de un Certificado de sede que permite:

  • Identificar al sitio web como la sede electrónica de la Entidad.
  • Establecer comunicaciones seguras, de tal forma que se garantiza la privacidad e integridad de la información que se intercambia entre el ciudadano y esa sede electrónica.

Certificado de sello electrónico

Esta entidad utiliza un Sello de Órgano que se utiliza para firmar actos administrativos por medio de sistemas informáticos sin intervención directa de la persona física competente. Permite automatizar determinados trámites como la firma electrónica de los acuses de recibo en el registro electrónico y en el sistema de notificaciones fehacientes de la Carpeta Ciudadana.

Descargue en este enlace el fichero comprimido de los certificados

Sistemas de acreditación admitidos

Los medios admitidos para la firma de avales de agrupaciones de electores serán los reconidos en VALIDe.