Licencia de obras

Objeto

– Obtención de licencia para obras de: reformas interiores en viviendas, instalación de ascensor, pequeñas reformas de locales, arreglo de balcones, fachadas, aleros, tejados, carpinterías exteriores, colocación de rótulos y toldos, derribos, panteones etc.

Quién puede realizar el trámite

– Cualquier persona física o jurídica.

Cómo se puede realizar el trámite / Documentación a presentar

– Modelo de solicitud rellenado.
– Instancia general firmada por la persona o representante.
– Presupuesto desglosado.
– Para obras de reforma de viviendas o locales se presentarán planos de situación y emplazamiento, planos de estado actual y reforma, secciones y alzados, acotados y superficies, presupuesto desglosado, materiales y color de fachada, de puertas y de ventanas y, en el caso de los locales, indicar el uso a que se destinan.
– Para obras que afecten a la fachada, ventanas, terrazas y balcones, se presentará autorización de la Comunidad de Propietarios.
– Para obras de nueva edificación o rehabilitación integral de edificios se adjuntará soporte informático (CD o similar) con planos de situación y plantas generales del edificio.

Cómo y cuándo se resuelve

– La solicitud se realizará siempre con antelación al inicio de las obras. La solicitud de licencia de ocupación de vía pública, cuando proceda por la naturaleza de las obras, se engloba dentro de la solicitud de obras, de modo que solamente en casos de olvido el interesado acude a solicitarla con posterioridad.
– Si no se va a realizar la obra una vez concedida la licencia, el interesado deberá solicitar por escrito la anulación del permiso.
– Las licencias de obra caducan al año de haberse concedido; transcurrido dicho plazo deberá renovarse la licencia.

Dónde se puede consultar el estado de la tramitación

– Se puede consultar en la Carpeta ciudadana – Mis expedientes.